PENALES

Artículo IUS 813744. PREMEDITACION. IMPROCEDENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PREMEDITACION. IMPROCEDENCIA.

La premeditación es una modalidad de la acción y tiene como presupuestos un proyecto de ejecución, preordenación de medios que hacen ostensible la fría y perseverante resolución de realizar el delito, pero debiendo advertirse que el intervalo debe preceder a la ejecución y no a la resolución, ya que premeditar exige siempre suspender la ejecución, esto es, suspender el ataque en su forma ejecutiva, después de haber reflexionado sobre las consecuencias antijurídicas de tales; por lo tanto si sólo se dio la deliberación común que precede a todo delito no se surten las exigencias de tal calificativa, determinando tal circunstancia la concesión del amparo al quejoso para efectos.

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Registro digital (IUS): 813744

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 63

Precedentes

Amparo directo 390/54. Roberto Vázquez Martínez. 12 de septiembre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813744 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813744 de la J. Penales SCJN?

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