Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
El miedo grave entraña una situación en la que el sujeto actúa a virtud de un trauma que impide la correcta apreciación de la conducta, al grado de provocar un automatismo, y es por ello una causa de inimputabilidad. La defensa legítima implica el rechazo de la agresión, y aun cuando al rechazarla se sienta miedo, en sentido llano, éste no debe ser tal que entrañe la inimputabilidad pues, o el sujeto actúa a virtud de un automatismo y es inimputable, o bien su conducta está justificada.
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Registro digital (IUS): 814099
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1955; Pág. 36
Amparo directo penal 1121/50. César Siska Sibirizky. 28 de febrero de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 814097. ARMAS DE FUEGO, DELITO DE PORTACION DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
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Art. IUS 814101. RIÑA.
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