Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Cuando está acreditada la privación de la vida humana, sin mediar contienda de obra y sin concurrir ningún excluyente de incriminación, queda configurado el delito de homicidio simple, que es aquél que excluye las calificativas, las excluyentes de incriminación y la modificativa de riña.
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Registro digital (IUS): 814205
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1953; Pág. 54
Amparo directo 4878/52. de la Peña Pedro. 4 de marzo de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Teófilo Olea y Leyva. Secretario: Enrique Padilla C.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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