PENALES

Artículo IUS 814512. CONDENA CONDICIONAL, IMPROCEDENCIA DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

CONDENA CONDICIONAL, IMPROCEDENCIA DE LA.

Cuando está acreditado que la consumación típica de robo, acaece cuando el imputado venía disfrutando del beneficio de la condena condicional por otro acto ilícito, esto es, durante el período de suspensión, lo cual hacía procedente revocar la remisión y, por tanto ejecutarse la pena impuesta en el primer fallo, lo que hace indubitable la reincidencia de su conducta criminosa; el órgano jurisdiccional de segundo grado no viola garantías en su perjuicio, al adherirse al criterio denegatorio de la suspensión condicional de la pena por parte del Juez del conocimiento.

---

Registro digital (IUS): 814512

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 3248/53/2a. Bautista Argüello Juan. 9 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Teófilo Olea y Leyva. Secretario: Enrique Padilla C.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814512 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814512 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814512 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814512 PENALES desde tu celular