Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La defensa legítima diverge de la eximente de violencia moral en que ésta, en su forma amplia o en la estricta de un estado de necesidad, además de que requiere un peligro inevitable e inminente, se caracteriza por el hecho de que el mal se causa a un tercero inocente y no, como en la legítima defensa, a un culpable o agresor.
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Registro digital (IUS): 814856
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1936; Pág. 63
Amparo directo 2416/36. Suárez Florentino. 4 de noviembre de 1936. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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