PENALES

Artículo IUS 815039. ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACION DE GARANTIAS INDIVIDUALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACION DE GARANTIAS INDIVIDUALES.

Aparece de los autos que los acusados se introdujeron a las casas de algunas mujeres a quienes sacaron a golpes y tuvieron detenidas cuatro días, para conducirlas después, a unos trigales en despoblado donde las violaron, poniéndolas en seguida en libertad. Estos hechos no caben dentro de lo dispuesto por el artículo 1o. del decreto de 5 de octubre de 1944, pues constituyen los delitos de abuso de autoridad y violación de garantías individuales, previstos y castigados por el Código Penal de Michoacán, y no el de salteamiento que prevé y castiga la legislación de emergencia.

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Registro digital (IUS): 815039

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1946; Pág. 123

Precedentes

Competencia 161/45. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Pátzcuaro y de Distrito en el Estado de Michoacán. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona la fecha de resolución ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815039 del PENALES?

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