Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El delito de disolución imputado al acusado es al que se refiere el artículo 145 del Código Penal Federal, reformado por decreto de 30 de octubre de 1941; es decir, se trata de un delito previsto por una ley federal; la falsificación del membrete de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas afecta a la Federación, que resulta, en consecuencia, sujeto pasivo de ese acto delictuoso; y, finalmente, la falsificación de las firmas del secretario y oficial mayor de dicha secretaría es un delito cometido en contra de funcionarios federales, y en último extremo, también afecta a la Federación.
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Registro digital (IUS): 815357
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1944; Pág. 101
Competencia 60/43. Suscitada entre el Juzgado de Distrito del Estado de Guerrero y Juzgado Mixto de Primera Instancia de Taxco. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona la fecha de resolución, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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