PENALES

Artículo IUS 815418. ROBO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ROBO.

Comprobado, como lo está, que el militar acusado prestaba sus servicios en los almacenes generales de vestuario y equipo, dependientes de la Intendencia General del Ejército, en esta Ciudad de México, en la bodega número uno, el delito de robo de unas ánforas que se encontraban en esta bodega que se imputa al acusado, debe ser averiguado por las autoridades del fuero militar, de acuerdo con lo prevenido en la fracción II del artículo 57 del código de justicia de ese ramo, que considera como delitos contra la disciplina militar los del orden común o federal, entre otros casos, cuando fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo.

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Registro digital (IUS): 815418

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1945; Pág. 81

Precedentes

Competencia 10/45. Suscitada entre el Juez Cuarto de Instrucción Militar en la Plaza de México y el Segundo de Distrito en Materia Penal del Distrito federal. Unanimidad de dieciocho votos respecto de la parte resolutiva y por mayoría de diecisiete votos en cuanto a los fundamentos. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815418 del PENALES?

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