Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No basta el incumplimiento de una obligación de pago encomendada al acusado por la víctima, para que se configure el delito de fraude si no se comprueba las constitutivas concernientes al engaño y a la relación de causalidad que debe existir entre el engaño y el lucro obtenido por el infractor, elementos ambos esenciales para que se configure el fraude.
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Registro digital (IUS): 815455
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 29
Amparo en revisión 674/49. Cárdenas Rodríguez Félix. 11 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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