PENALES

Artículo IUS 815686. HOMICIDIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

HOMICIDIO.

Tal delito aunque ocurrido entre militares no incumbe al fuero de guerra, porque de los autos aparece que el hecho fue cometido cuando el acusado y el occiso se encontraban francos, es decir, en los momentos que no estaban desempeñando el servicio militar, por lo cual, el caso no está comprendido en el artículo 37, fracción III, del Código de Justicia Militar.

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Registro digital (IUS): 815686

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1939; Pág. 72

Precedentes

Competencia 35/39. Suscitada entre el Juzgado de Primera Instancia de Tulancingo, Estado de Hidalgo y el Cuarto de Instrucción Militar. 21 de agosto de 1939. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815686 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815686 de la J. Penales SCJN?

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