PENALES

Artículo IUS 815721. ACTOS CONSENTIDOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ACTOS CONSENTIDOS.

No puede estimarse consentido el auto de formal prisión que se ha dictado contra un individuo menor de edad, de cultura rudimentaria, que recibió maltratos en su aprehensión y que se encuentra privado de su libertad, sin tener defensor ni habérsele hecho saber el derecho que tuvo para nombrarlo, por el hecho de que se haya asentado en la diligencia de notificación de dicho auto, que se conformaba con éste.

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Registro digital (IUS): 815721

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 35

Precedentes

Amparo en revisión 3864/45. Olvera Bernardino. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815721 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815721 de la J. Penales SCJN?

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