PENALES

Artículo IUS 815767. AUTOPSIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

AUTOPSIA.

Su omisión no es un obstáculo legal para que se considere probado el cuerpo del delito de homicidio, pues éste, de conformidad con el artículo 62 de la Ley de Procedimientos Penales en el Fuero de Guerra, puede demostrarse por todos los medios de prueba; y si la jurisprudencia ha dado tal interpretación a ese precepto, es claro que el artículo 396 sólo es aplicable cuando la autopsia del cadáver sea posible, cosa que no sucedió en este caso, porque los hechos se desarrollaron en una población donde no existía ningún perito médico, ni hospital civil o militar. La declaración del acusado, la de los testigos que depusieron en la causa, el certificado del encargado del puesto de socorros y el testimonio de un enfermero que vio el cadáver y lo identificó, demuestran, en el caso, la existencia del homicidio.

---

Registro digital (IUS): 815767

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1929; Pág. 80

Precedentes

Amparo 2928/24. Gómez Morín Manuel y coagraviados. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815767 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815767 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 815767 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 815767 PENALES desde tu celular