Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Dentro de los extremos fijados en la ley, los Jueces pueden señalar la duración de las penas que impongan, sin que su aumento o disminución deba ser proporcional al valor de las atenuantes o agravantes que concurran, salvo disposición legal en contrario.
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Registro digital (IUS): 815961
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 105
Amparo directo 2678/30/3a. Rodríguez Emilio.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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