PENALES

Artículo IUS 816009. FORMAL PRISION. REQUISITOS QUE INVALIDAN LA APARENTE "EXPRESA CONFORMIDAD" DEL REO CON ELLA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

FORMAL PRISION. REQUISITOS QUE INVALIDAN LA APARENTE "EXPRESA CONFORMIDAD" DEL REO CON ELLA.

Si a un acusado no se le hace saber en su preparatoria su derecho a nombrar defensor, ni se le designa ninguno por su abstención en nombrarlo, si el mismo acusado es, además, menor de edad, de cultura rudimentaria y hay indicios de que recibiera maltrato en la prisión; aunque conste en autos que al notificársele el auto de formal prisión dijo que estaba conforme con él, no es de estimarse que se está en el caso, de la fracción XI del artículo 73, de la Ley de Amparo y, por tanto, no procede sobreseer, sino entrar al estudio de las cuestiones de fondo, por ser ilógico inferir que el acusado comprendiera el alcance de lo asentado en la diligencia de notificación.

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Registro digital (IUS): 816009

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 55

Precedentes

Amparo en revisión 3874/45. Olvera Bernardino. 24 de septiembre de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos L. Angeles y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816009 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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