Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Decretada la libertad por falta de mérito, sólo es legal la recaptura del libertado si se prueban nuevos hechos, siempre que el primer auto de libertad por falta de méritos no haya sido recurrido.
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Registro digital (IUS): 816037
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 102
Amparo en revisión 2330/46. Alvarez Refugio. 5 de septiembre de 1946. Mayoría de cuatro votos, contra el del Ministro Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXIX, página 2582, tesis de rubro "AUTO DE SOLTURA, REVOCACION DEL.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 1a. CCC/2016 (10a.). PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO REGLA DE TRATO EN SU VERTIENTE EXTRAPROCESAL. ELEMENTOS A PONDERAR PARA DETERMINAR SI LA EXPOSICIÓN DE DETENIDOS ANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN PERMITE CUESTIONAR LA FIABILIDAD DEL MATERIAL PROBATORIO.
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