Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
De los autos aparece que se trata de un verdadero accidente, pero aun en el supuesto de que el hecho fuera delictuoso, su conocimiento e investigación correspondería al fuero común, porque tal delito no afectaría los intereses federales, ni infringiría ninguna ley de carácter federal. Tampoco podría afectar la seguridad, la integridad, o la explotación de la vía general de comunicación que constituye un río navegable; por consecuencia, el hecho delictuoso no podría ser de la competencia del fuero federal.
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Registro digital (IUS): 816293
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1934; Pág. 71
Competencia. Suscitada entre los Jueces Mixto Municipal de Gutiérrez Zamora, Veracruz y Tercero de Distrito en dicho Estado. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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