PENALES

Artículo IUS 816293. ACCIDENTE OCURRIDO EN UNA VIA FLUVIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ACCIDENTE OCURRIDO EN UNA VIA FLUVIAL.

De los autos aparece que se trata de un verdadero accidente, pero aun en el supuesto de que el hecho fuera delictuoso, su conocimiento e investigación correspondería al fuero común, porque tal delito no afectaría los intereses federales, ni infringiría ninguna ley de carácter federal. Tampoco podría afectar la seguridad, la integridad, o la explotación de la vía general de comunicación que constituye un río navegable; por consecuencia, el hecho delictuoso no podría ser de la competencia del fuero federal.

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Registro digital (IUS): 816293

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1934; Pág. 71

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces Mixto Municipal de Gutiérrez Zamora, Veracruz y Tercero de Distrito en dicho Estado. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816293 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816293 de la J. Penales SCJN?

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