Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Comete este delito el secretario de Delegación del Ministerio Público en el Distrito Federal que resuelve, sin consulta con el delegado respectivo, los asuntos de la competencia de la delegación, sin que valga argumentar que no existe un reglamento de las actividades del personal de tales oficinas, pues es práctica corriente y de constante aplicación burocrática en el cargo de secretario de cualquier oficina, que tiene como principal función dar cuenta al superior con las instancias que reciba, para recabar el acuerdo y proveer a su ejecución, sin poder acordar por si solo, por no haber ninguna razón que sustente tal proceder.
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Registro digital (IUS): 816329
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 85
Amparo directo 6782/41. Chávez Amado. 14 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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