PENALES

Artículo IUS 816737. IMPROCEDENCIA. MINISTERIO PUBLICO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPROCEDENCIA. MINISTERIO PUBLICO.

El Ministerio Público al ejercitar la acción penal ejerce actos de autoridad y procede el amparo solicitado cuando éste funcionario deje de ejercitar dicha acción; no obstante que por razón de método se le considere como parte en los procesos.

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Registro digital (IUS): 816737

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 15306/32. Felícitas Arenas de Sobrino González. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816737 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816737 de la J. Penales SCJN?

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