Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La calificación del delito, hecha en este auto, bastaría para determinar la competencia, porque esa calificación no puede ser modificada en el procedimiento seguido para dilucidar la cuestión jurisdiccional. No obsta que se haya deducido testimonio para seguir proceso contra el inculpado, por delitos diferentes de aquel a que se refiere el auto de prisión formal, porque habiéndose iniciado ya por este último delito un proceso ante otro Juez, éste entablará una contienda jurisdiccional que tendrá por objeto determinar, especialmente, con vista de todos los elementos, la competencia para conocer del mencionado delito.
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Registro digital (IUS): 816794
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1933; Pág. 57
Competencia. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Guanajuato y Primero del Ramo Penal de León. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 816797. DESPOJO.
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