Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Cuando un individuo, diciéndose médico, confiesa que practicó una operación quirúrgica a otro, falleciendo éste, y dos peritos, médicos titulados, dictaminan en el sentido de que la muerte del sujeto en cuestión ocurrió precisamente porque no estaba indicada la intervención quirúrgica, tanto por la importancia del proceso patológico, como por la edad avanzada del paciente, y por el completo desconocimiento del caso por parte de quien la practicó, así como por falta de una atención médica eficiente, estos datos son suficientes para que pueda decretarse la detención del acusado, en los términos del artículo 16 constitucional, y en consecuencia, la orden relativa no vulnera las garantías que dicho precepto consagra.
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Registro digital (IUS): 816894
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 67
Amparo en revisión 3568/36. Delfino R. Marín. 28 de enero de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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