PENALES

Artículo IUS 817017. ABUSO DE CONFIANZA. REQUISITO INDISPENSABLE PARA SU EXISTENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ABUSO DE CONFIANZA. REQUISITO INDISPENSABLE PARA SU EXISTENCIA.

El abuso de confianza requiere que el responsable esté en la posesión jurídica de la cosa de que dispuso, pues si la recibió momentáneamente, de una manera pasajera y para un fin determinado que debe cumplirse en un lapso breve de tiempo, y disfruta, así, solamente de la detentación de ella, se trata, entonces, de un delito de robo. La idea fundamental que hay que tener en cuenta para diferenciar ciertos casos de difícil delimitación, debe ser, precisamente, esta cuestión de posesión del objeto materia del delito.

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Registro digital (IUS): 817017

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 107

Precedentes

Amparo directo 3321/30. Garza Sepúlveda Genaro. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817017 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817017 de la J. Penales SCJN?

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