Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
El abuso de confianza requiere que el responsable esté en la posesión jurídica de la cosa de que dispuso, pues si la recibió momentáneamente, de una manera pasajera y para un fin determinado que debe cumplirse en un lapso breve de tiempo, y disfruta, así, solamente de la detentación de ella, se trata, entonces, de un delito de robo. La idea fundamental que hay que tener en cuenta para diferenciar ciertos casos de difícil delimitación, debe ser, precisamente, esta cuestión de posesión del objeto materia del delito.
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Registro digital (IUS): 817017
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 107
Amparo directo 3321/30. Garza Sepúlveda Genaro. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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