PENALES

Artículo IUS 817217. AVERIGUACION DEL DELITO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

AVERIGUACION DEL DELITO.

Si el acto reclamado se hace consistir en el auto que ordena se abra una averiguación respecto de hechos delictuosos imputados al quejoso, debe negarse la medida, porque no se causan a éste perjuicios de difícil reparación, porque la averiguación no implica que forzosamente tenga que reconocérsele culpable; a mayor abundamiento, el procedimiento judicial no puede paralizarse por ser de orden público, y en estas circunstancias, es evidente que no se llenan los requisitos señalados en las fracciones II y III del artículo 124 de la Ley de Amparo.

---

Registro digital (IUS): 817217

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 98

Precedentes

Amparo 1937/37. Ibarrola Herculano Jr. 15 de junio de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817217 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817217 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 817217 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 817217 PENALES desde tu celular