Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Los munícipes que en el ejercicio de su cargo votan la destitución del presidente municipal, no cometen el delito de ejercicio indebido de funciones, aunque la decisión concejil no se halle estrictamente ajustada a la ley, ya que los miembros del Ayuntamiento, ni por su origen ni por la naturaleza de su cargo, pueden ser considerados como empleados públicos; por otra parte, las determinaciones que modifican la integración del Municipio son el resultado de una gestión colectiva, y no de actuaciones individuales.
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Registro digital (IUS): 817411
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 132
Amparo en revisión 3397/31. Meléndez Porfirio y Mediana Antonio. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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