PENALES

Artículo IUS 817600. ROBO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ROBO.

El que se comete por medio del apoderamiento de objetos que se encuentran en aguas de un río navegable, no constituye un delito que afecte los intereses federales, ni infringe ninguna ley de carácter federal. Tampoco ese hecho afecta la seguridad, la integridad o la explotación de la vía general de comunicación que constituye ese río. En consecuencia, el delito no puede ser de la competencia del fuero federal.

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Registro digital (IUS): 817600

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1932; Pág. 65

Precedentes

Competencia suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Tabasco y Unico del Ramo Penal de ese Estado. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817600 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817600 de la J. Penales SCJN?

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