Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si la occisa era menor de edad y se encontraba bajo la patria potestad de sus padres, los actores en el juicio, debe decirse que precisamente tal parentesco funda el derecho a la reparación del daño que sirvió de base a la acción ejercitada, con apoyo en el derecho que la ley reconoce a todo ciudadano para promover la actividad de los órganos jurisdiccionales.
---
Registro digital (IUS): 817936
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 87
Amparo directo 3641/55. Miguel Mariscal Bravo. 23 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 817933. DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.
Siguiente
Art. IUS 817938. DROGAS ENERVANTES. CULTIVO Y POSESION.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo