PENALES

Artículo IUS 817939. DESPOJO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DESPOJO.

Si se dio posesión del inmueble a la demandante, en cumplimiento de la sentencia que recayó en un juicio ordinario de prescripción adquisitiva, promovida por los acusados a quienes se desalojó de las viviendas que habían construido en él, y está comprobado que éstos invadieron con posterioridad, ilegalmente, el lote propiedad de la demandante, a pesar de que ya se le había concedido la posesión de hecho y de derecho, asiste la razón a la autoridad responsable al tener por establecida la certeza del delito de despojo, fincando la responsabilidad de los reos como autores de dicho ilícito.

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Registro digital (IUS): 817939

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 34

Precedentes

Amparo directo 6117/57. Ricardo Grijalva Orozco y coagraviados. 24 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817939 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817939 de la J. Penales SCJN?

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