PENALES

Artículo IUS 817998. DROGAS ENERVANTES. TOXICOMANOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DROGAS ENERVANTES. TOXICOMANOS.

Carece de relevancia la afirmación del acusado en el sentido de que por el hecho de que no haber sido examinado por la unidad de Salubridad y Asistencia, por lo que ve a toxicomanía, tal circunstancia lo releva de responsabilidad penal, ya que el enervante lo usaba por excepción, pues tal se desprende de su afirmación, lo cual pone de manifiesto que no se trataba de un vicioso que requiriese tratamiento médico.

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Registro digital (IUS): 817998

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 3109/59. Manuel Velarde Martínez. 29 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817998 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817998 de la J. Penales SCJN?

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