Acuerdo E/JGA/19/2016 por el que se reforman diversas disposiciones del Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el ejercicio fiscal 2016
06 de julio de 2016
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
ACUERDO E/JGA/19/2016 por el que se reforman diversas disposiciones del Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el ejercicio fiscal 2016 ACUERDO E/JGA/19/2016 por el que se reforman diversas disposiciones del Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el ejercicio fiscal 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO E/JGA/19/2016
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÃBLICOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.
La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 39 y 41, fracciones I, XII, XXII y XXXV de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; con fundamento en lo establecido por el artículo 1 de la Ley Orgánica antes citada, en relación con los artículos 4, 5, fracciones I, incisos d), e) y f), II, incisos c) y d) y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016; y 32 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y
CONSIDERANDO
Primero. Que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es un tribunal de lo contencioso-administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, de conformidad con el Artículo 73 fracción XXIX-H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos relacionado con el diverso 1 de la Ley Orgánica del mismo;
Segundo. Que la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, otorga al Tribunal autonomía técnica y de gestión, para ejercer su presupuesto directamente sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, observando lo previsto en el artículo 5, fracciones I, incisos d), e) y f), II, incisos c) y d) de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de eficiencia, eficacia y transparencia y estará sujeto a la evaluación y control de los órganos correspondientes;
Tercero. Que conforme a los párrafos cuarto y quinto del artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Tribunal, dentro del margen de la autonomía presupuestal que le otorga su Ley Orgánica, contará con una unidad de administración encargada de planear, programar, presupuestar, establecer las medidas para la administración interna, controlar y evaluar las actividades del Tribunal respecto del gasto público;
Cuarto. Que el veintinueve de febrero dos mil dieciséis, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo E/JGA/5/2016 mediante el cual se expide el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el Ejercicio Fiscal 2016, el cual tiene por objeto establecer las disposiciones generales para regular el otorgamiento de las remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal.
Quinto. Que derivado del incremento salarial autorizado para cada ejercicio presupuestal por el Gobierno Federal, y que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa otorga los mismos incrementos por concepto de sueldos, salarios y prestaciones, se requiere la actualización de los niveles de sueldos mensuales establecidos para el personal operativo. Así mismo para el buen funcionamiento del Tribunal, es indispensable convertir plazas mediante movimientos compensados, conforme a lo autorizado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de fecha 16 de junio de 2016.
Sexto. Que los niveles de los sueldos y salarios deberán incrementarse en proporción a lo acordado como política salarial para cada ejercicio, manteniendo el ingreso de los trabajadores en congruencia con el Presupuesto de Egresos de la Federación establecido para cada ejercicio fiscal;
Séptimo. Que el incremento salarial autorizado, también implica modificaciones de las prestaciones económicas denominadas "Despensa", "Previsión social múltiple", "Compensación por Desarrollo y Capacitación" y "Ayuda por Servicios", así como la inclusión de la Ayuda de Transporte en términos de la legislación laboral y de la normatividad presupuestaria aplicable, por lo que resulta necesario actualizar las disposiciones normativas que las contemplan;
Octavo. Que la Junta de Gobierno y Administración cuenta con facultades para acordar la distribución de
los recursos presupuestales conforme a la Ley, dictar las órdenes relacionadas con su ejercicio y supervisar su legal y adecuada aplicación, por lo que ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
ÃNICO.- Se Reforma el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, en sus artículos 9, 10, 23 y 24, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 9.- Las adecuaciones a las estructuras orgánicas y salariales, así como a las plantillas o Analítico de Plazas que se deriven de la conversión u otras modificaciones, se deberán realizar mediante movimientos compensados.
Por lo anterior, se realiza la siguiente conversión de plazas a través de movimientos compensados, aprovechando los recursos económicos que les fueron asignados:
1 plaza de Director General "A", Nivel 7, Clave CMML se convierte en Director General de Asuntos Jurídicos Nivel 5 Clave CMSK.
2 plazas de Secretario de Acuerdos de Sala Regional "D", Nivel 21, Clave CMMM y 1 plaza de Apoyo Administrativo Nivel 34, Clave CO11, se convierten en 1 plaza de Secretario de Acuerdos de Sala Superior "C", Nivel 16, Clave CMMM.
Dichas conversiones tendrán vigencia a partir del 16 de junio de 2016.
Artículo 10.- Las remuneraciones de los Servidores Públicos se regularán exclusivamente por las disposiciones de este Manual, así como por los acuerdos que para tales efectos emita la Junta.
Artículo 23.- La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 565 pesos mensuales al personal operativo y al personal de mando y de enlace.
Artículo 24.- En el caso de las Prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos:
I. Previsión social múltiple por un importe mensual de 465 pesos;
II. Ayuda por servicios por un importe mensual de 435 pesos;
III. Ayuda de Transporte por un importe mensual de 400 pesos, y
IV. Compensación por desarrollo y capacitación por un importe mensual de 1,400 pesos. Este concepto forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de los trabajadores y las aportaciones del Tribunal a favor del ISSSTE.
Estos conceptos se otorgarán en forma quincenal, en la proporción respectiva, a través del pago de nómina.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dictado en sesión de fecha dieciséis de junio de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los Magistrados Héctor Francisco Fernández Cruz, Guillermo Valls Esponda, Elizabeth Ortiz Guzmán, Alfredo Salgado Loyo y Manuel L. Hallivis Pelayo.- Firman el Magistrado Manuel L. Hallivis Pelayo, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Claudia I. Lira Mercado, Secretaria Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 30, fracción XV y 52, fracciones II y III, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; así como los artículos 16, fracción VI, 78, fracciones VIII y XI, y 103, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Rúbricas.
(R.- 434009)
Más publicaciones de TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA