Si un testamento que revoca a otro es revocado, el primer testamento no revive a menos que el testador lo indique explícitamente.
ARTíCULO 1214 (DEL ART. 2) Art. 1214. Si el testamento que revoca un testamento anterior es revocado a su vez, no revive por esta revocación el primer testamento, a menos que el testador manifieste voluntad contraria. TESTAMENTO REVOCACION TESTADOR VOLUNTAD CONTRARIA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los testadores deben ser claros en su intención para evitar confusiones sobre la vigencia de sus disposiciones testamentarias, ya que la falta de claridad puede llevar a disputas.
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