Los legitimarios que han sido desheredados indebidamente pueden reclamar sus derechos y las donaciones entre vivos que se incluyeron en la desheredación.
ARTíCULO 1217 (DEL ART. 2) Art. 1217. En general, lo que por ley corresponde a los legitimarios y lo que tienen derecho a reclamar por la acción de reforma, es su legítima rigorosa, o la efectiva en su caso. El legitimario que ha sido indebidamente desheredado, tendrá, además, derecho para que subsistan las donaciones entre vivos comprendidas en la desheredación. LEGITIMARIOS RECLAMAR ACCION DE REFORMA LEGITIMA RIGOROSA DESHEREDAMIENTO DONACION ENTRE VIVOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los clientes deben ser conscientes de que desheredar a un legitimario puede tener consecuencias legales si se considera indebido, lo que podría resultar en reclamaciones adicionales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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