CC

Artículo 1218. Legitimario en silencio

Si un legitimario no es mencionado, se considera que tiene derecho a su legítima y a las donaciones revocables no canceladas por el testador.

legitimarioinstitucion de herederolegitimadonaciones

Texto Legal

ARTíCULO 1218 (DEL ART. 2) Art. 1218. El haber sido pasado en silencio un legitimario deberá entenderse como una institución de heredero en su legítima. Conservará además las donaciones revocables que el testador no hubiere revocado. LEGITIMARIO INSTITUCION DE HEREDERO LEGITIMA DONACIONES REVOCABLES TESTADOR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los clientes deben tener cuidado al omitir legitimarios en sus testamentos, ya que esto podría dar lugar a reclamaciones inesperadas que afecten la distribución de sus bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1218 del CC?

Si un legitimario no es mencionado, se considera que tiene derecho a su legítima y a las donaciones revocables no canceladas por el testador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1218 de la CC?

Los clientes deben tener cuidado al omitir legitimarios en sus testamentos, ya que esto podría dar lugar a reclamaciones inesperadas que afecten la distribución de sus bienes.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1218 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1218 CC desde tu celular