Los legitimarios del mismo orden y grado contribuirán a formar lo que se debe al demandante en razón de su legítima.
ARTíCULO 1219 (DEL ART. 2) Art. 1219. Contribuirán a formar o integrar lo que en razón de su legítima se debe al demandante los legitimarios del mismo orden y grado. LEGITIMA DEMANDANTE LEGITIMADOS ORDEN GRADO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los legitimarios entiendan cómo se determina su participación en la herencia, ya que esto puede afectar sus expectativas y derechos.
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