CC

Artículo 1221. Articulo derogado

Este artículo ha sido derogado y ya no tiene validez legal.

derogado

Texto Legal

ARTíCULO 1221 (DEL ART. 2) Art. 1221. Derogado. SUPRIMIDO DEROGADO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogación de este artículo implica que no se debe tener en cuenta en la planificación testamentaria actual, evitando confusiones sobre su aplicación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1221 del CC?

Este artículo ha sido derogado y ya no tiene validez legal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1221 de la CC?

La derogación de este artículo implica que no se debe tener en cuenta en la planificación testamentaria actual, evitando confusiones sobre su aplicación.

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