Los herederos fiduciarios tienen la obligacion de aceptar con beneficio de inventario. Esto protege sus intereses en la gestion de los bienes heredados.
ARTíCULO 1251 (DEL ART. 2) Art. 1251. Los herederos fiduciarios son obligados a aceptar con beneficio de inventario. HEREDEROS FIDUCIARIOS BENEFICIO DE INVENTARIO OBLIGACION ACEPTAR
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Como heredero fiduciario, aceptar con beneficio de inventario es crucial para limitar tu responsabilidad frente a las deudas del difunto.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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