La donación entre vivos puede ser revocada por ingratitud si el donatario realiza actos ofensivos que lo hagan indigno de heredar. Esto protege al donante de comportamientos desleales.
ARTíCULO 1428 (DEL ART. 2) Art. 1428. La donación entre vivos puede revocarse por ingratitud. Se tiene por acto de ingratitud cualquiera hecho ofensivo del donatario, que le hiciera indigno de heredar al donante. DONACION ENTRE VIVOS INGRATITUD REVOCAR DONATARIO DONANTE HEREDAR
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El donatario debe ser consciente de que su comportamiento puede afectar su derecho a conservar la donación. Actos de ingratitud pueden llevar a la revocación de la donación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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