Las donaciones remuneratorias se rigen por las reglas establecidas en este título del Código Civil. Esto implica que deben cumplirse ciertos requisitos para su validez y efectos legales.
ARTíCULO 1436 (DEL ART. 2) Art. 1436. En lo demás, las donaciones remuneratorias quedan sujetas a las reglas de este título. DONACIONES REMUNERATORIAS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se cumplen las reglas para las donaciones remuneratorias, podrías enfrentar problemas legales al intentar hacer valer la donación, lo que podría resultar en la nulidad del acto.
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Art. 1435. Evicción de donaciones remuneratorias
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