El pacto de no pedir más en relación a una cuenta aprobada no es válido si no se ha condonado expresamente el dolo. Esto establece la importancia de la claridad en los acuerdos.
ARTíCULO 1465 (DEL ART. 2) Art. 1465. El pacto de no pedir más en razón de una cuenta aprobada, no vale en cuanto al dolo contenido en ella, si no se ha condonado expresamente. La condonación del dolo futuro no vale. PACTO CUENTA APROBADA DOLO CONDONACION DOLO FUTURO VALIDEZ
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de condonación expresa puede llevar a disputas sobre el cumplimiento del pacto, lo que resalta la necesidad de claridad en los términos acordados.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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