CC

Artículo 1471. Sentencia y obligaciones naturales

La sentencia judicial que rechaza la accion contra el obligado naturalmente no extingue la obligacion natural. Esto significa que la obligacion sigue vigente a pesar del fallo.

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Texto Legal

ARTíCULO 1471 (DEL ART. 2) Art. 1471. La sentencia judicial que rechaza la acción intentada contra el naturalmente obligado, no extingue la obligación natural. SENTENCIA JUDICIAL RECHAZAR OBLIGACION NATURAL EXTINGUIR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Incluso si un tribunal rechaza una demanda, la obligacion natural sigue existiendo, lo que puede afectar tus decisiones sobre cobros y pagos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1471 del CC?

La sentencia judicial que rechaza la accion contra el obligado naturalmente no extingue la obligacion natural. Esto significa que la obligacion sigue vigente a pesar del fallo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1471 de la CC?

Incluso si un tribunal rechaza una demanda, la obligacion natural sigue existiendo, lo que puede afectar tus decisiones sobre cobros y pagos.

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