CC

Artículo 1501. Elección del deudor en obligaciones

El deudor tiene la elección en las obligaciones alternativas, lo que limita las acciones del acreedor. Esto otorga control al deudor sobre el cumplimiento.

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Texto Legal

ARTíCULO 1501 (DEL ART. 2) Art. 1501. Siendo la elección del deudor, no puede el acreedor demandar determinadamente una de las cosas debidas, sino bajo la alternativa en que se le deben.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer tu derecho a elegir puede ayudarte a negociar mejores condiciones en tus contratos y evitar conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1501 del CC?

El deudor tiene la elección en las obligaciones alternativas, lo que limita las acciones del acreedor. Esto otorga control al deudor sobre el cumplimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1501 de la CC?

Conocer tu derecho a elegir puede ayudarte a negociar mejores condiciones en tus contratos y evitar conflictos.

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