CC

Artículo 1573. Reembolso por pago sin conocimiento

Quien paga sin el conocimiento del deudor solo puede exigir el reembolso, sin derechos sobre el crédito. Esto limita las acciones del pagador no autorizado en relación con el acreedor.

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Texto Legal

ARTíCULO 1573 (DEL ART. 2) Art. 1573. El que paga sin el conocimiento del deudor no tendrá acción sino para que éste le reembolse lo pagado; y no se entenderá subrogado por la ley en el lugar y derechos del acreedor, ni podrá compeler al acreedor a que le subrogue.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si se realiza un pago sin conocimiento del deudor, este podría no estar dispuesto a reembolsar, generando una pérdida para quien pagó.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1573 del CC?

Quien paga sin el conocimiento del deudor solo puede exigir el reembolso, sin derechos sobre el crédito. Esto limita las acciones del pagador no autorizado en relación con el acreedor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1573 de la CC?

Si se realiza un pago sin conocimiento del deudor, este podría no estar dispuesto a reembolsar, generando una pérdida para quien pagó.

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