CC

Artículo 1806. Cargos fiscales en la venta

Los impuestos y costos de la escritura son responsabilidad del vendedor, salvo pacto en contrario. Esto afecta la rentabilidad de la venta para el vendedor.

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Texto Legal

ARTíCULO 1806 (DEL ART. 2) Art. 1806. Los impuestos fiscales o municipales, las costas de la escritura y de cualesquiera otras solemnidades de la venta, serán de cargo del vendedor; a menos de pactarse otra cosa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Como vendedor, asegúrate de considerar estos costos al fijar el precio de venta, ya que pueden afectar tu margen de ganancia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1806 del CC?

Los impuestos y costos de la escritura son responsabilidad del vendedor, salvo pacto en contrario. Esto afecta la rentabilidad de la venta para el vendedor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1806 de la CC?

Como vendedor, asegúrate de considerar estos costos al fijar el precio de venta, ya que pueden afectar tu margen de ganancia.

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