CC

Artículo 1839. Saneamiento por evicción

El vendedor debe sanear al comprador por evicciones con causa anterior a la venta, salvo que se estipule lo contrario. Esto protege al comprador de pérdidas.

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Texto Legal

ARTíCULO 1839 (DEL ART. 2) Art. 1839. El vendedor es obligado a sanear al comprador todas las evicciones que tengan una causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya estipulado lo contrario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El vendedor corre el riesgo de tener que indemnizar al comprador si no se aclaran las condiciones de la venta, lo que puede afectar su liquidez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1839 del CC?

El vendedor debe sanear al comprador por evicciones con causa anterior a la venta, salvo que se estipule lo contrario. Esto protege al comprador de pérdidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1839 de la CC?

El vendedor corre el riesgo de tener que indemnizar al comprador si no se aclaran las condiciones de la venta, lo que puede afectar su liquidez.

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