CC

Artículo 1846. Causas de cesacion del saneamiento

La obligación de saneamiento cesa en ciertos casos, como la pérdida de posesión por culpa del comprador. Es vital conocer estas excepciones.

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Texto Legal

ARTíCULO 1846 (DEL ART. 2) Art. 1846. Cesará la obligación de sanear en los casos siguientes: 1º. Si el comprador y el que demanda la cosa como suya se someten al juicio de árbitros, sin consentimiento del vendedor, y los árbitros fallaren contra el comprador; 2º. Si el comprador perdió la posesión por su culpa, y de ello se siguió la evicción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si pierdes la posesion por tu culpa, no podrás exigir el saneamiento, lo que puede resultar en una pérdida significativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1846 del CC?

La obligación de saneamiento cesa en ciertos casos, como la pérdida de posesión por culpa del comprador. Es vital conocer estas excepciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1846 de la CC?

Si pierdes la posesion por tu culpa, no podrás exigir el saneamiento, lo que puede resultar en una pérdida significativa.

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