CC

Artículo 1973. Expulsion por uso ilícito

El arrendador puede expulsar al inquilino que use la propiedad para fines ilícitos o subarriende a personas de mala conducta. Esto protege la integridad del inmueble y la comunidad.

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Texto Legal

ARTíCULO 1973 (DEL ART. 2) Art. 1973. El arrendador tendrá derecho para expeler al inquilino que empleare la casa o edificio en un objeto ilícito, o que teniendo facultad de subarrendar, subarriende a personas de notoria mala conducta, que, en este caso, podrán ser igualmente expelidas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El arrendatario debe asegurarse de que el uso de la propiedad sea legal y adecuado, ya que cualquier violación puede resultar en la pérdida inmediata del arrendamiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1973 del CC?

El arrendador puede expulsar al inquilino que use la propiedad para fines ilícitos o subarriende a personas de mala conducta. Esto protege la integridad del inmueble y la comunidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1973 de la CC?

El arrendatario debe asegurarse de que el uso de la propiedad sea legal y adecuado, ya que cualquier violación puede resultar en la pérdida inmediata del arrendamiento.

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