El comodato es un contrato donde una parte entrega gratuitamente una cosa para su uso, debiendo ser devuelta después. Este contrato se perfecciona con la entrega de la cosa.
ARTíCULO 2174 (DEL ART. 2) Art. 2174. El comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender el comodato es esencial para evitar malentendidos en la entrega y uso de bienes, así como para asegurar la correcta restitucion.
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Art. 2173. Validez de actos en mandato expirado
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