CC

Artículo 2177. Uso del bien en comodato

El comodatario solo puede usar la cosa prestada para el uso convenido, y su incumplimiento puede llevar a la exigencia de reparacion. Esto protege los intereses del comodante.

comodatousoreparacion

Texto Legal

ARTíCULO 2177 (DEL ART. 2) Art. 2177. El comodatario no puede emplear la cosa sino en el uso convenido, o a falta de convención, en el uso ordinario de las de su clase. En el caso de contravención, podrá el comodante exigir la reparación de todo perjuicio, y la restitución inmediata, aunque para la restitución se haya estipulado plazo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los comodatarios deben seguir estrictamente los terminos del uso para evitar responsabilidades por daños o deterioros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2177 del CC?

El comodatario solo puede usar la cosa prestada para el uso convenido, y su incumplimiento puede llevar a la exigencia de reparacion. Esto protege los intereses del comodante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2177 de la CC?

Los comodatarios deben seguir estrictamente los terminos del uso para evitar responsabilidades por daños o deterioros.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2177 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2177 CC desde tu celular