CC

Artículo 2363. Límite en la excusión

El beneficio de excusión solo puede oponerse una vez, limitando las oportunidades del fiador para señalar nuevos bienes. Esto requiere una estrategia cuidadosa.

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Texto Legal

ARTíCULO 2363 (DEL ART. 2) Art. 2363. El beneficio de excusión no puede oponerse sino una sola vez. Si la excusión de los bienes designados una vez por el fiador no produjere efecto o no bastare, no podrá señalar otros; salvo que hayan sido posteriormente adquiridos por el deudor principal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Debes ser muy cuidadoso al elegir los bienes para la excusión, ya que solo tendrás una oportunidad. Un error puede costarte.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2363 del CC?

El beneficio de excusión solo puede oponerse una vez, limitando las oportunidades del fiador para señalar nuevos bienes. Esto requiere una estrategia cuidadosa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2363 de la CC?

Debes ser muy cuidadoso al elegir los bienes para la excusión, ya que solo tendrás una oportunidad. Un error puede costarte.

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