CC

Artículo 2495. Limitaciones de la renuncia

No puede renunciar a la prescripción quien no tiene derecho a enajenar. Esto establece límites claros sobre quién puede renunciar a derechos de prescripción.

prescripcionrenunciaderechos

Texto Legal

ARTíCULO 2495 (DEL ART. 2) Art. 2495. No puede renunciar la prescripción sino el que puede enajenar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo protege a los propietarios de bienes al limitar quién puede renunciar a la prescripción. Si no tienes derechos de enajenación, no podrás renunciar, lo que puede ser una ventaja.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2495 del CC?

No puede renunciar a la prescripción quien no tiene derecho a enajenar. Esto establece límites claros sobre quién puede renunciar a derechos de prescripción.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2495 de la CC?

Este articulo protege a los propietarios de bienes al limitar quién puede renunciar a la prescripción. Si no tienes derechos de enajenación, no podrás renunciar, lo que puede ser una ventaja.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2495 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2495 CC desde tu celular