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Artículo 2522. Plazo de prescripcion para mercaderes

La accion de mercaderes y proveedores por el precio de articulos despachados al menudeo prescribe en un año. Esto establece un tiempo corto para la reclamacion de deudas comerciales.

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Texto Legal

ARTíCULO 2522 (DEL ART. 2) Art. 2522. Prescribe en un año la acción de los mercaderes, proveedores y artesanos por el precio de los artículos que despachan al menudeo. La de toda clase de personas por el precio de servicios que se prestan periódica o accidentalmente; como posaderos, acarreadores, mensajeros, barberos, etc.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los comerciantes deben estar atentos a este plazo de un año para reclamar deudas, ya que la falta de seguimiento puede resultar en perdidas significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2522 del CC?

La accion de mercaderes y proveedores por el precio de articulos despachados al menudeo prescribe en un año. Esto establece un tiempo corto para la reclamacion de deudas comerciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2522 de la CC?

Los comerciantes deben estar atentos a este plazo de un año para reclamar deudas, ya que la falta de seguimiento puede resultar en perdidas significativas.

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