El ejercicio de la caza está sujeto a legislación especial, y solo se puede cazar en tierras propias o con permiso. Esto regula la actividad cinegética.
ARTíCULO 609 (DEL ART. 2) Art. 609. El ejercicio de la caza estará sujeto al cumplimiento de la legislación especial que la regule. No se podrá cazar sino en tierras propias, o en las ajenas con permiso del dueño. CAZA EJERCICIO LEGISLACION ESPECIAL CUMPLIMIENTO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial obtener los permisos necesarios para cazar, ya que la caza sin autorización puede resultar en sanciones legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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